martes, 5 de marzo de 2013

Cumbre de la Sociedad de la Información

En diciembre de 2003, se celebró en Ginebra la primera fase de la Cumbre Mundial de la Sociedad de la Información (CMSI), en la que se reunieron gobernantes de la mayor parte del mundo, empresarios y organismos no gubernamentales (ONG).
El objetivo de esta cumbre se baso en que, debido a la sociedad de la información, la necesidad de lograr la igualdad de acceso a la tecnología y la información en todos los países del mundo, se acordaría la necesidad que la empresa privada y los estados nacionales colaboraran entre sí para hacer frente a la gran desigualdad económica y educativa, lo que provoca que no toda la población del mundo tenga acceso a la tecnología y que los países alcancen el desarrollo.

Según este organismo existen tres tipos de brecha digital: la de acceso,
la de uso  y la de calidad del uso.

Los Derechos de Cuarta Generación


Este conjunto de avances en informática, Matemática aplicada y tecnología de la comunicación que se agrupan bajo la etiqueta de nuevas tecnologías (TIC), han penetrado, de forma acelerada, las relaciones sociales y han producido una revolución de la informática; amenazando con transformar por completo la idea de sociedad y sus estructuras. El uso de las informaciones permite influir y controlar la conducta de los ciudadanos sin recurrir a medios coactivos, por lo que la libertad personal y las posibilidades reales de intervenir en los procesos sociales, económicos y políticos se hayan determinados por el acceso a la información. 

Los Derechos Humanos se clasifican en tres generaciones: la primera referida a los derechos civiles y políticos, la segunda constituida por los derechos económicos, sociales y culturales; y la tercera generación son los llamados derechos de solidaridad. Debido al contexto actual de globalización y avances tecnológicos de habla de una cuarta generación de derechos humanos, los cuales están referidos a la igualdad de acceso a la información y a las TIC. Para hacer cumplir ese derecho, los gobiernos han de trabajar por concretar los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM).

Derecho a la Igualdad de Acceso

El derecho al acceso a la información es consecuente con la libertad de expresión y de pensamiento e indica que todos los ciudadanos tienen el derecho a solicitar y recibir información sobre lo que hacen sus representantes en el gobierno. El artículo 246 de la Constitución de la República, inciso segundo, determina que el interés público tiene primacía sobre el interés privado.
Significa que la información, producto del trabajo de los políticos y de los servidores públicos, es de la sociedad y debe de estar al alcance de las y los ciudadanos. No es posible hablar de transparencia, democracia y condiciones de igualdad si las personas no tienen acceso a la información.
Para desarrollar la confianza ciudadana es necesario que los funcionarios públicos rindan cuentas y ajusten su desempeño en el marco de las leyes de la república. El Estado debe promover la conectividad vial y de Internet en todos los municipios, cantones y caseríos del país,